martes, 8 de noviembre de 2016

DESGRAVACIÓN FISCAL DE CUOTAS Y DONATIVOS

La Junta de Gobierno está realizando los pasos necesarios para acogerse a la Ley 49/2002 sobre Régimen Fiscal de Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo que finalizaran este año o a más tardar el año que viene. El hecho de acogerse a este régimen permitirá a los hermanos la desgravación de las cuotas y donativos; y para lo cual debe existir la voluntad del donante de ser incluido en la relación a comunicar a Hacienda. Para que la Hermandad pueda realizar la comunicación, los hermanos deberán rellenar y entregar el siguiente documento antes del 31 de diciembre de 2016.



Fotografía:
D. Carlos Jordán González
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